Casación No. 26-2016              

Sentencia del 14/06/2016


"... esta Cámara concluye que las normas que establecen la obligación de pagar el impuesto a las empresas mercantiles y agropecuarias, su base imponible y la determinación del tipo impositivo, establecidas en los artículos 3, 7 y 9 del Decreto 99-98 del Congreso de la República violan los principios de que los impuestos deben estructurarse conforme a la equidad y justicia tributarias, y atendiendo a la real capacidad de pago del contribuyente, el principio de igualdad y las garantías de prohibición de confiscación de bienes y de tributos confiscatorios, así como la doble o múltiple tributación.  Derivado de lo anterior, atendiendo la seguridad y certeza jurídicas, los artículos citados anteriormente resultan inaplicables al presente caso, ya que son inconstitucionales al ir contra lo establecido en la Constitución, consecuentemente, queda sin fundamento legal el ajuste formulado por la administración tributaria.


Derivado de lo anteriormente analizado, esta Cámara establece que el motivo invocado por la entidad casacionista debe acogerse, debiendo hacerse las declaraciones que en derecho corresponden..."